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Subsidiando a las élites ecuatorianas desde 1828

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"...que los indígenas satisfagan un impuesto o una contribución personal, no sólo es bueno y ventajoso al Estado sino a ellos mismos y a la agricultura. Esta no tiene otros brazos auxiliares... que los de los indígenas y ellos no trabajan sino es obligados por le pago del impuesto. Sin él, se ha experimentado ya, se entregan al ocio y a los vicios. Por estas razones es que el tributo de los indígenas ha sido siempre el ramo más fuerte y productivo de hacienda" (Gobernador de Cuenca, 22, octubre de 1828). "Art. 1o Los indígenas colombianos, pagarán desde la edad de 18 años cumplidos hasta la de 50, también cumplidos una contribución que se llamará contribución personal de indígenas" (Decreto del 15 de octubre de 1828 en Bogotá, antes del desmembramiento de la Gran Colombia).  Un dirigente de la CONAIE le dice al gobierno de Moreno y a las élites políticas y económicas de este país –que desde la ignorancia salen a decir que el Estado ha hecho mucho por los in...